
Reunirse, asociarse, sindicarse: por fin derechos de los inmigrantes en situación irregular . El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley de Extranjería que prohibían a los inmigrantes irregulares reunirse, asociarse, manifestarse y acceder a justicia gratuita.
Redacción Canal Solidario (12/11/2007)
Redacción Canal Solidario (12/11/2007)
Reunirse, asociarse, sindicarse y acceder a justicia gratuita y a la enseñanza no obligatoria. Son derechos que hasta hace unos días podían ejercer todas las personas que viven en el Estado español excepto los y las inmigrantes en situación irregular.
La Ley de Extranjería aprobada en el año 2000 por el Gobierno del Partido Popular limitaba estos derechos fundamentales a los extranjeros sin regularizar.En su momento, organizaciones de derechos humanos en España se dirigieron al Defensor del Pueblo y a instituciones políticas para expresar su repulsa a esta normativa. Ahora, el Tribunal Constitucional ha dado la razón a estos recursos y ha declarado inconstitucionales varios artículos que establecían restricciones a los derechos de reunión, asociación y sindicación. Parte de estos artículos también impedían a las personas inmigradas sin regularizar tener asistencia jurídica gratuita y negaban a los menores inmigrantes sin regularizar y de entre 16 y 18 años gozar del derecho a la enseñanza no obligatoria.“El fallo supone un avance indiscutible en el reconocimiento de derechos a las personas indocumentadas y, por tanto, un logro en la equiparación con el resto de los ciudadanos, lo que significa un decidido paso hacia la integración en España”, afirman desde la Red Acoge y Andalucía Acoge.Según estas entidades, los artículos recogidos hasta ahora en la Ley 8/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social vulneraban otras normativas internacionales, como el convenio europeo para la protección de los derechos humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU.
El fallo del Tribunal Constitucional “contribuirá a que los inmigrantes en situación irregular se sientan menos indefensos” y adquieran derechos “de todo ciudadano” de manera independiente a su situación administrativa, añade la asociación Rumiñahui.Retos pendientesComo explican desde la Red Acoge y Andalucía Acoge, la sentencia contra la Ley de Extranjería significa un avance “indiscutible” para los derechos de la población inmigrada aunque según Blanca Ruiz, de Red Acoge, las personas en situación irregular “nunca llegarán a tener una igualdad real en términos jurídicos” porque desde normativas como las europeas los derechos se refieren “sólo” a los inmigrantes regularizados.Con este fallo de inconstitucionalidad, sin embargo, se avanza en cuanto a derechos fundamentales, señala Blanca Ruiz, que explica que la Ley de Extranjería es “garantista” en este sentido y recoge los derechos aparecidos en el capítulo de derechos fundamentales de la Constitución.En este contexto, tanto desde Red Acoge como desde Andalucía Acoge recuerdan que la reforma que debe hacerse de la ley debería tener en cuenta “las propuestas y el trabajo serio de las organizaciones sociales que trabajan en torno a la inmigración, al estilo del modelo empleado para la elaboración de la Ley 4/2000”. “Dado que con frecuencia las legislaciones españolas en materia de extranjería son matizadas por los tribunales, los textos jurídicos deberían garantizar el respeto a los derechos fundamentales contenidos en la Constitución o la carta de derechos de Naciones Unidas”, añaden.
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